En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 31 de agosto de 2010, por los abogados ARLIN YINETT GONZALEZ RAVELO y VICTOR RAUL ESCRIBENS CARRIZALES, en su condición de defensores privados del ciudadano JESUS ENRRIQUE PALACIOS, quienes recurren conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 26 de agosto de 2010, por el Juzgado Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, al referido ciudadano, por encontrarse llenos los supuestos previstos en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.