DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 447.4.5 del Código Orgánico Procesal Penal, por abogados Lisaleyde Lange Navarro y Jaidan Alberto Lange Navarro, en su carácter de defensores del ciudadano Johan Manuel Baptista Márquez, contra la decisión dictada el 22 de julio de 2008, por la Jueza Trigésimo Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acuerda medida privativa judicial preventiva de libertad al referido .....