DISPOSITIVA
Por las razones expuestas la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Dra. MILAGROS HERRERA ABACHE, en su carácter de Juez Undécima (11°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, al estar fundada en causa legal, de conformidad a lo establecido en el numeral 7 del articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia deberá el Juez sustituto continuar con el conocimiento de dicha causa conforme a lo previsto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y remítase el presente cuaderno de incidencias. Cúmplase.
LA JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)
DRA. MERLY MORALES
LA JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE
CARMEN TERESA BETANCOURT MEZA DRA. FRENNYS BOLIVA.....