Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
Unico: Admite el recurso de apelación interpuesto por los abogados Alexander José García Uzcateguí, Fiscal Vigésimo Sexto (26º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, y Lucas Alexander Blanco Velásquez, Fiscal Auxiliar Vigésimo Cuarto (24º) del Ministerio Público, en colaboración con la Fiscalía Vigésima Sexta (26º) del Ministerio Público, contra la decisión 05 de febrero, fundamentada el 12 de febrero del mismo año, dictada por el Juez Quincuagésimo Segundo (52º) de Primera Instancia en función de Control de esta Circunscripción Judicial, en la cual otorgó a los ciudadanos Guaicaisy Carrillo Vi.....