DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Dr. JACINTO RAMÓN PANTOJA, Abogado en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.581, actuando con el carácter de Defensor de la Imputada LAMANNA DOMÍNGUEZ ROSA, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.224.397, y en razón a ello CONFIRMA el fallo dictado en fecha 15/05/2006 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual, al considerar satisfechos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, 251, numerales 2, 3 y parágrafo primero y 252, numeral 2, todos del C.....