DISPOSITIVA
En consecuencia y por todo lo antes expuesto esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: declara CON LUGAR la acción de amparo presentada por los ciudadanos Abogados Eliécer Peña Granda y Yalira A. Granda, quienes actúan en su carácter de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, plenamente identificado en autos, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de Marzo del año que discurre, por la ciudadana Dra. Norbis J. Díaz Suárez, en su condición de Juez Vigésima Séptima de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual en el primer pronunciamiento declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta por los accionantes del amparo, relacionada con la vi.....