DISPOSITIVA
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado GUTBERTO TORRES BELTRAN, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano ANYDSON JOSÉ VARGAS ROMERO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez MAURA VERÓNICA FLANNERY CAMPOS, mediante la cual en el punto previo declaró Sin Lugar la Excepción opuesta por la defensa, Invocada según el artículo 28 numeral 4 literal "e" y literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 12/02/2008; por.....