D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, esta SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA DE OFICIO el auto dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de fecha 14 de Abril de 2008, en la causa seguida en contra del ciudadano SILVERIO IGNACIO TORO, mediante la cual negó la solicitud incoada por la defensa, en relación a la libertad plena requerida por cumplimiento de la pena principal y de las accesorias de ley, conforme a la decisión emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 21 de Mayo de 2007, por considerar que la decisión dictada por el Tribunal Supremo de Justicia no es vinculante y en consecuencia no se aplica en el presente caso y demás actos siguientes que emanen de él, ordenándose en consecuencia a la Dra. Frenn.....