DISPOSITIVA
Por todas las razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA PRIMERA DENUNCIA formulada por el Profesional del Derecho Daniel Eduardo Venera Morales, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano José Gregorio Lombano Valderrey, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.125.965, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Octavo (48°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas de fecha 8 de julio de 2008, a cargo de la Juez Maura Verónica Flannery Campos, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva Privativa de Libertad en contra de su defendido, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, en virtud de la inexiste.....