DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente explanados, esta Sala Quinta Accidental de la Corte de la Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por los Defensores Privados Abogados Omar García Agostini y Raiza E. Pérez, actuando en su carácter de Defensores del ciudadano EDWARD HUMBERTO BRICEÑO GUZMAN. En consecuencia se Anula la orden de aprehensión emanada del Juzgado Décimo Séptimo (17°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20/07/03 (Sic) de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal y todas las actuaciones subsiguientes con excepción de esta decisión y de los efectos de la Detención Judicial Preventiva de Libertad acordada por el Juzgado Décimo Sépti.....