DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior, esta SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, por la ciudadana Dra. ELIZABETH LICCIONI MARQUEZ, Defensora Pública Vigésima Quinta Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de Defensora del ciudadano ELVIS JOSÉ GONZÁLEZ JIMÉNEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Abril de 2008, por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Jueza Angela Carrillo Carrillo, quien decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra su defendido. En consecuencia se CONFIRMA l.....