D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana da Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Inhibición propuesta por la ciudadana DRA. MARISELA AZNAR PÉREZ, en su condición de Juez Quinta de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 86 Ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos ALIRIO RONDÓN, NJIMEY MANZANILLA, EDYNEL GAMBOA y ROSA FADUL BONALDE.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y remítase el presente cuaderno de incidencias al Tribunal de la causa, a los fines que la Jueza Inhibida tome debida nota de lo aquí decido, para luego enviar el presente expediente, al Juzgado que se encuentra actualmente.....