DECISION
Con fundamento en los razonamientos expresados, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSE DANIEL BRAVO GUEVARA, de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión en los libros que al efecto lleva este Órgano Colegiado. Notifíquese al accionante. Cúmplase.
LA JUEZ PRESIDENTE
Dra. MERLY MORALES
LA JUEZ
Dra. GLORIA PINHO
LA JUEZ PONENTE
Dra. PATRICIA MONTIEL MADERO
LA SECRETARIA
Abg. YOLEY CABRILES
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. YOLEY CABRILES
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