CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de apelación ejercido por la Defensora Pública Vigésima Quinta Penal, Abg. Elizabeth Liccioni Márquez, en su condición de defensora del imputado ASNALDO ENRIQUE MOLINA BUITRIAGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó medida privativa judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano antes mencionado, por la comisión de los delitos de OBTENCIÓN INDEBIDA DE BIENES, MANEJO FRAUDULENTO DE TARJETAS INTELIGENTES, APROPIACIÓN DE TARJETAS INTELIGENTES y USO DE DOCUMENTO FA.....