DECISIÓN
Por todo lo precedentemente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA SIN LUGAR, la inhibición presentada por la Dra. ARACELYS SALAS VISO, en su condición de Juez del Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida al ciudadano JESUS GUILLERMO OROZCO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal.
Conforme al artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal deberá el Juez inhibido continuar conociendo de la causa.
Publíquese, Diarícese y Regístrese en Archivo la.....