esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo pautado en el articulo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana GLADYMAR PRADERES, Defensora Pública Cuadragésima Octava (48°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, fundamentado en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en su condición de defensora del ciudadano JOSE JOAQUIN PULIDO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.794.559, a quien se le sigue proceso por los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5, en concordancia con las agravantes establecidas en el artículo 6 numerales 1, 2, 3, 6 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y CONCURRENCIA DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en.....