IV
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Se procede a modificar la entidad del delito de presidio a prisión, por lo tanto, el ciudadano SANCHEZ BARCENAS JOSE ARGENIS, continuará cumpliendo la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS pero de prisión y las accesorias de la misma, previstas en el artículo 16 del Código Penal; en consecuencia, por todo los razonamientos antes expuestos, considera este Tribunal Colegiado, que lo procedente y ajustado a derecho es DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la ciudadana Abg. DALIA MEDINA DE VILLASMIL a favor del penado SANCHEZ BARCENAS JOSE ARGENIS, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 numeral 6, del Código Orgánico Procesal Penal.
Queda así revisada la sentencia dictada en fecha 29 de Marzo de 1.996, por el extin.....