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DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho FRANCISCO SANTANA NUÑEZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano GUILLERMO HIDALGO UNAMUNO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de mayo de 2009, en la audiencia para oír al imputado en la cual decretó medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 8, 3 y 4, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 NUMERAL 1 del Código Penal vigente y USO FRAUDULENTO DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES, previsto y sancionado en .....