ESTA SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana TIBISAY BETANCOURT BORREGALES, Defensora Pública Quincuagésima Segunda (52ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano JESUS ALBERTO CHACON CENTENO, fundamentada en el artículo 447 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de julio de 2008, mediante la cual otorgó medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano antes mencionado, a quien se le sigue proceso por el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 376 encabezamiento del Código Penal. En consecuencia, QUEDA CONFIRMADA .....