ESTA SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ACACIO SABINO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, en su condición de defensor de los ciudadanos JHONNY CONTRERAS CONTRERAS y JOSE ALEXIS CONTRERAS CONTRERAS, fundamentado en el artículo 447 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 19 de mayo de 2008, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, a los mencionados ciudadanos, de conformidad con el contenido de los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º, 251 ordinales 2º , 3º y 252 ordinales 2º, todos del Código Or.....