esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano REINALDO ISEA CHIRINOS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.679, en su condición de defensor del ciudadano RICARDO ARTURO FIGUEROA OVIEDO, fundamentado en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 18 de junio de 2008, en virtud de la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al identificado ciudadano, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 nume.....