DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la DRA. YADIRA AYALA, Defensora Pública trigésima octava (38ª) de este Circuito Judicial Penal, quien actúa en nombre y representación del acusado JHONNY RAFAEL AGUILERA PÉREZ, incoado en contra de la decisión emanada del Juzgado vigésimo noveno (29º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16/05/2.008, teniendo presente lo estatuido en los Artículos 243, 244 y 247 eiusdem; en consecuencia, en virtud de lo ya explicado, QUEDA REVOCADA la decisión impugnada, ORDENÁNDOSE al Juzgado A quo, ACUERDE LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL DECRETADA DESDE HACE MÁS DE DOS AÑOS, POR UNA MENOS GRAVOSA, a favor del procesado antes nombrado, de las enunciadas en el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicando la que considere adecuada para asegurar la sujeción al proceso del encausado y que sea de su posible cumplimiento, actuando acorde a lo pre.....