DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana DEFENSORA PÚBLICA SEPTUAGÉSIMA OCTAVA (78°) PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Abg. MAGALI DÁVILA ÁVILA, en su condición de Defensora de la ciudadana Imputada WENDY CAROLINA GONZÁLEZ MARTÍNEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de marzo de 2008, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la ciudadana WENDY CAROLINA GONZÁLEZ MARTÍNEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 256, numerales 3º y 8º y artículo 258, todos del Código Orgánico Procesal Penal; y, en consecuencia, DECRETA la Nulidad Absoluta de las actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal y, por ende, ORDENA la reposición del proceso al estado que el represen.....