PRIMERO: ADMITE de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abg. PABLO ANTONIO MORENO RONDÓN, en su condición de Defensor del ciudadano Imputado HENRY JAVIER TOVAR MÉNDEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana Juez NORMA CEIBA TORRES, de fecha 18 de Diciembre de 2010, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Imputado HENRY JAVIER TOVAR MÉNDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, 251 numerales 2° y 3° y Parágrafo Primero y 252 numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal y SEGUNDO: declara TEMPESTIVA la contestación presentada por la ciudadana Abg. MARÍA PIA BIANCO ALAIMO, FISCAL SEXAGESIMA (60º) DEL MINISTERIO P.....