esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley; y de conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal ADMITE el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas MARÍA MERCEDES BERTHÉ ESPINOZA y DUSAY DE LA CRUZ DUEÑAS GONZALEZ, Fiscal Octogésima Segunda y Fiscal Auxiliar, ambas adscritas al Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de Agosto de 2006, mediante la cual redimió la pena a favor del penado JOSE LUIS PIMENTEL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.428.037, por un lapso de UN (01) MES Y UN (01) DÍA, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio.