DISPOSITIVA: PRIMERO: Oída la solicitud Fiscal a la cual se adhirió la defensa, éste Tribunal considera ajustado a derecho que la presente investigación continúe por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que faltan aún diligencias por practicar a los fines del esclarecimiento de los hechos. SEGUNDO: Siendo que nos encontramos en fase de investigación, y en virtud de que nos encontramos frente a una calificación que podría variar a lo largo de la investigación, este Tribunal acoge la precalificación dada por el representante del Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal. TERCERO: En cuanto a la medida de coerción personal solicitada por el Fiscal del Ministerio Público, el Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 256, por lo que de conformidad con lo previst.....