PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Decimoquinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, vencido como se encuentra el lapso establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, sin que el Ministerio Público consignara el acto conclusivo correspondiente en la investigación seguida a los ciudadanos PABA RIGOBERTO, PABA JIMÉNEZ RIGOBERTO, PABA LEÓN JEAN CARLOS, GARCÍA BALLESTEROS JOSÉ DE DIOS Y MORALES GARZÓN JOSÉ WILLIAMS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.926.415, 13.843.100, 22.906.013, 83.256.254 Y 6.181.845, respectivamente, así como tampoco solicitara prórroga para consignar el mismo, de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal DECRETA EL AR.....