Este Tribuna Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Pena del Area Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ADMITE LA QUERELLA INTERPUESTA, y de conformidad a lo previsto en el artículo 296, confiere a la calidad de víctima querellante al OSCAR GERADI CANINO ANDRADE, quien es venezolano, mayor de edad, casado, con cédula de identidad nro. 3.243.990, con domicilio en Urbanización Terrazas del Avila, Calle Uno, Edificio Avila, Jardin Piso 5 apto 52, Municipio sucre, Estado Miranda. en contra de FEDY PASTOR SANCHEZ, quien es venezolano, mayor de edad, profesión desconocida, titular de la cédula de identidad 3.759.288, domiciliado en Calle Los Apamates, entre las calles Acacias y Las Palmas, residencias Ana Patrizia, PH, La Florida, Parroquia el Recreo, Caracas, de conformidad a lo previsto en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal.