DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa seguida al ciudadano SANTOS RAMON NIEVES ALVAREZ, ampliamente identificado al inicio de esta decisión, por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 457 con relación al artículo 80 del Código Penal derogado, por el plazo de DOS (02) AÑOS, ello de conformidad con lo pautado en los artículos 37, 38 y 39, todos del Código Orgánico Procesal Penal derogado.
Regítrese, publíquese y diarícese la siguiente decisión.