acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA para conocer de las presentas actuaciones al Juzgado 38° de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 72, 73, 74 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, notifíquese a los sujetos procesales.