DISPOSITIVA:
Con base a las consideraciones de hecho y derecho antes fundamentadas, el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando como Tribunal Unipersonal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al ciudadano JESÚS DAVID ESPEJO OBANDO, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, donde nació en fecha 10/11/86, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Trabajador, residenciado en El Valle, San Antonio, Las Casitas, Casa Nro. 45, Caracas, hijo de Jhony Enrique Espejo (v) y Fanny Lola Obando (v), titular de la cédula de identidad N V.- 18.187.318, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado del artículo 405 del Código Penal Vigente, en perjuicio de quien en vid.....