DISPOSITIVA
Sobre la base de los razonamientos antes expuestas este Juzgado unipersonal Undécimo de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta la siguiente sentencia., EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES: PRIMERO: Se declara la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, alegada por las defensas de los acusados, en cuanto al delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 108 Numeral 6, en concordancia con la norma contenida en el Artículo 416, ambos del Código Penal del Código Penal y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CONDENA a los ciudadanos JUNIOR MARTIN ÁLVAREZ VILORIA y CHAVIER CARRASQUERO JONATHAN DE JESÚS, ampliamente identificados como COAUTORES EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad.....