DISPOSITIVA
En vista de los planteamientos anteriormente realizados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de las Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud realizada por la DRA. LAURA BANK ORTEGA, Defensora Pública Sexagésima Penal, en su carácter de defensora del ciudadano RONALD JOSÉ NOGUERA, titular de la cédula de identidad N° Indocumentado, en el sentido que se acuerde el cese inmediato de la medida de privación de libertad que obra sobre el mismo, conforme lo establece el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.