Se decreta la inmediata libertad del ciudadano MANRIQUE WILLIAMS ANTONIO, de conformidad con lo establecido en el artìculo 105 del Còdigo Penal, por haber cumplido en su totalidad la pena principal impuesta, en virtud de haber sido modificada la sentencia definitivamente firme por la Sala Nº 08 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en atenciòn a lo estipulado en el ordinal 6º del artìculo 470 de la Ley Adjetiva Penal. Se ordenò librar la correspondiente boleta de Excarcelaciòn dirigida bajo oficio al Director del centro Penitenciario Metropolitano Yare I, quedando en consecuencia, bajo la sujecciòn de la vigilancia de la autoridad.-