D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas este JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONCEDE EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado PACHECO HERNAN JAVIER, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.063.708; por cuanto cumple con las exigencias establecidas en los artículos 3 y 6 de la mencionada Ley, en relación al artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal.-