Al ciudadano GRATEROL MENDEZ RICHARD OMAR, titular de la cédula de identidad número V-13.537.061, en virtud de que desde el 20 de Noviembre de 2002, este Juzgado le concedió el beneficio de Destino a Establecimiento Abierto, al computársele las dos terceras partes de la pena impuesta que es de DIEZ (10) AÑOS de Prisión, el precitado penado, podrá requerir le sea acordada la fórmula de cumplimiento de pena LIBERTAD CONDICIONAL, y sin que ello signifique que sea procedente, correspondería en fecha 14-01-2007.