Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley REDIME la pena impuesta al penado MARTÍNEZ MEDINA MIGUEL ALFREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.554.846, plenamente identificado en autos por un lapso de DOS (02) MESES, DIEZ (10) DÍAS Y DIECINUEVE (19) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio en concordancia con lo dispuesto en el artículo 24 Constitucional, 552 y 507, respectivamente, del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 4-10-2006. En consecuencia, practíquese nuevo cómputo y notifíquese lo conducente