OCTAVO: Al penado VARGAS HERNÁNDEZ JUAN CARLOS, le falta por cumplir un remanente de pena de CUATRO (4) AÑOS, DIEZ (10) MESES y CUATRO (4) DÍAS, por lo que ha de finalizar su pena principal el día NUEVE (9) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011).
NOVENO: Las Penas accesorias de Ley ha de cumplirlas en la forma siguiente:
1.- Interdicción Civil por el tiempo de la condena, debiéndose participar lo conducente a la Dirección General Sectorial de Registros y Notarias del Ministerio del Interior y Justicia. Durante el tiempo de la condena que cumplirá el día 09 de abril de 2011.-
2.- Inhabilitación política mientras dure la pena, debiéndose notificar lo pertinente a la Oficina Central de Personal y al Consejo Nacional Electoral. Durante el tiempo de la condena que cumplirá el día 11 de abril de 2011.
3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad. Durante una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine que cumplirá el día 11 de julio de 2013.
DÉCIMO: DE LOS BENEFICIOS .....