D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley REVOCA LA FORMULA ALTERNATIVA DE RÉGIMEN ABIERTO otorgada al penado VILLARROEL VEGAS CESAR NICANOR, titular de la cédula de identidad N° V-4.490.420, por haber sido admitida contra el acusación por la comisión de un nuevo delito, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, déjese copia y líbrense las correspondientes notificaciones, ofíciese al Director del internado Judicial Capital El Rodeo I, anexo orden de encarcelación a nombre del penado, así como oficios dirigidos al Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. José Agustín Méndez Urosa" informándole lo conducente y al Juzgado Décimo Séptimo en Funciones d.....