DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SEXTO (6°) EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL de los ciudadanos HERNÁNDEZ MANCILLA PEDRO JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-08.027.617, MERGOLLA SÁNCHEZ DELIS MARY, titular de la cédula de identidad N° V-12.780.049, ALTUVE ELIGIA MARGARITA, titular de la cédula de identidad N° V-08.032.003 y SÁNCHEZ DE HERNÁNDEZ GLORIA INES, titular de la cédula de identidad N° V-13.823.932, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105, del Código Penal, en relación con el artículo 479 ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento total de la condena, en cuanto al delito por el cual fueron condenados en el presente caso y como consecuencia de ello, se ORDENA LA LIBERTA.....