DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana MÓNICA CONTRERAS CÓRDOVA, titular de la cédula de identidad N° V-17.077.700, conforme a lo previsto en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal; fijando como lapso de Pruebas el tiempo UN (1) AÑO, es decir culminara el presente beneficio junto con su pena principal en fecha 24 de agosto del año 2.007.