Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda Librar Boleta de Encarcelación a nombre del penado RAVELO VELÁSQUEZ CARLOS EDUARDO, titular de la cédula de identidad V-6.403.931, quien es Venezolano, natural de caracas, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en Urbanización Leonicio Martínez, Las Vegas de Petare, Bloque 02, Letra "A", Apartamento 08, Libertador. En consecuencia líbrese Oficio dirigido a la Unidad de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, remitiéndole anexo Boleta de Encarcelación dirigida al Director del Centro Penitenciario Metropolitana Yare I. Notifíquese lo conducente a las partes