I.- COMPUTO DE LA CONDENA IMPUESTA, FECHA DE CUMPLIMIENTO: El mencionado penado fue detenido preventivamente el día 16-03-1994, permaneciendo en esa condición hasta el 17-02-2000 (f. 71 p.II), en virtud de habérsele otorgado la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo, la cual cumplió hasta el 28-03-2001, como consta al folio 071 del Libro de Presentaciones Nº 03 llevado por este Despacho. Posteriormente es detenido en fecha 28-06-2006 (f. 99- 100 p.II), en virtud de la boleta de encarcelación Nº 118-01 librada por este Juzgado en fecha 14-06-2001, permaneciendo en esa condición hasta la presente fecha (21-07-2006)en virtud de la revocatoria de la medida alternativa antes mencionada; Conforme a lo dispuesto en el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, la que aquí Ejecuta, considera que el referido penado ha permaneció detenido en definitiva, un tiempo de siete (07) años y doce (12) días, faltándole por cumplir un remanente de pena de siete (07) añ.....