En fuerza de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa seguida al ciudadano ALFREDO ISMAEL AGUILAR BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.487.289, en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, esto a los fines de proceder a la Acumulación de Penas, todo de conformidad con los artículos 71 numeral 1, 77 y 479 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECLARA.