DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto (05º) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PENALMENTE RESPONSABLE al Adolescente XXXX, quien es Venezolano, Natural de Caracas, de 17 años de edad, Fecha de Nacimiento 05/10/1.990, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Carmen Custodia Segovia Castellanos (V) y José Gregorio Chavez Vásquez (V), residenciado EN XXXX, Teléfono de Ubicación XXX y Titular de la Cédula de Identidad N° V-19.263.294 y en consecuencia, impone la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, la cual será cumplida por el lapso de UN (01) AÑO contenida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistiendo ésta en que el Joven Adulto de autos qu.....