IV
D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley, con arreglo a lo establecido en los artículos 555 y 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida a SE OMITE IDENTIDAD SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de posesión de estupefacientes, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tràfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Asimismo, el cese de toda medida de coerción personal. Dictada en horas de despacho, a los diez días del mes de Marzo de dos mil diez. Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
Publíquese, diarícese y.....