DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, nacido en fecha 04-05-87, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 19.242.857, de profesión u oficio Latonero, hijo de José Bartolo Bastidas (v) y Julia Cardozo (v), residenciado en: Sector La Hoyadita, caserío La Calina. Casa s/n, adyacente a la bodega Jean Carlos, Municipio El Hatillo, teléfono: 0426-611.45.25 (madre); Y LO CONDENA A CUMPLIR la sanción Socio Educativa de PRIVACION DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES. conforme a lo previsto en el artículo 620 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y adolescentes, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NESTOR ALEXANDER VALLAREAL SEQUERA. Segundo: Se declara CON LUGAR la solicitud fiscal en cuanto a que se mantenga la Medida de Privación de Libertad, al .....