declara PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad Nº V-(IDENTIDAD OMITIDA), de (IDENTIDAD OMITIDA) años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio (IDENTIDAD OMITIDA), residenciado en (IDENTIDAD OMITIDA), y en consecuencia, impone la sanción de UN (01) AÑO DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, todo, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos y POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra e.....