DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda DECLARAR EN REBELDÍA al joven NOMBRE Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al Jefe de La División de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de su localización y captura. Notifíquese a las partes Cúmplase.
LA JUEZA
Dra. LIZBETH KARIM LUDERT SOTO
LA SECRETARIA.
Abg. ANDREINA DIAZ DIAZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este juzgado.
LA SECRETARIA.
Abg. ANDREINA DIAZ DIAZ.
Exp. J2ºE 444-08
LKLS/add