PRIMERO: Se deja sin efecto la solicitud realizada por la Defensora Pública Nº 01, Dra. Annerys Aviles, en el sentido de que se declinara la presente causa a un Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Estado Barinas, ya que como lo ha manifestado la Defensa en esta audiencia el adolescente NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, desiste de tal solicitud debido a que se encuentra incorporado en el área educativa, por lo que el mismo debe CONTINUAR el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta que le fue impuesta en fecha 19-03-2009 por el lapso de un (01) año y debe seguir asistiendo a las citas ya fijadas por el Complejo de Formación Integral Luces del Alba. SEGUNDO: Oficiar a la Entidad de Atención al adolescente no privado de libertad Complejo Luces del Alba a los fines de informar sobre lo acordado en esta audiencia. Con la lectura y firma de la presente acta, quedando debidamente notificadas las partes de conformidad con lo.....